Cuando una persona utiliza uno o varios nombres para ser identificada, es necesario realizar una escritura de identidad. Este procedimiento legal permite que la persona sea reconocida legalmente por los nombres adicionales que utiliza; de lo contrario, legalmente solo se le reconoce por el nombre registrado en su partida de nacimiento.
En muchos casos, esta situación surge cuando residimos en el extranjero y somos conocidos por un nombre diferente en ese país. Para que en El Salvador podamos utilizar estos nombres, es fundamental realizar esta escritura. Posteriormente, se debe inscribir en nuestra partida de nacimiento, indicando que la persona tiene uno o varios nombres adicionales, también conocidos como «conocido por».
Requisitos:
- Partida de nacimiento: No importa la fecha de emisión.
- Documento de identificación: DUI, pasaporte o dos testigos.
- Dos testigos: Personas que puedan atestiguar que la persona ha utilizado estos nombres adicionales.
Con este proceso, se legaliza el uso de los nombres adicionales y se actualiza la información en la partida de nacimiento. Si necesita más información o asesoramiento sobre este trámite, no dude en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte.